Normas de Convivencia Escolar
(Parte I)
A las interrelaciones que se producen en las Instituciones Educativas, donde
sus diferentes miembros se relacionan (Directivos, Docentes, Personal Administrativo,
Obreros, Representantes, Estudiantes, Comunidad entre otros) para la formación
y educación de los entes involucrados, en un espacio determinado, que les permite
crecer, cooperar y construir relaciones que estrechan vínculos entre los seres
humanos, se les da el nombre de Convivencia Escolar.
Las Normas de Convivencia Escolar son una herramienta pedagógica,
construida por todo los actores involucrados en el hecho educativo, para
garantizar una convivencia justa y equilibrada basada en el respeto por el
prójimo, en los valores morales que garanticen los derechos de todas las partes
involucradas. Estas Normas o Manual de Convivencia deben ajustarse a la legislación venezolana, en especial a la Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), y a las
particularidades de cada Institución Educativa. Teniendo presente que la
finalidad de crear estas normas es: cultivar un clima de confianza y respeto, que
valore la humanidad de las personas que integran estas comunidades estudiantiles;
se busca establecer pautas claras y mecanismos efectivos para resolver los
conflictos que se presenten de forma pacífica y armónica, utilizando la mediación
y conciliación como medios alternativos para solucionar las posibles
diferencias que puedan surgir.
Teniendo presente que estas normas regirán la convivencia escolar, deben
ser construidas de forma participativa; donde cada uno de los actores que
integran la institución educativa puedan expresar sus opiniones, presentando
sus puntos de vista, durante toda su construcción, eso creará el sentido de
pertenencia necesario, para que al momento de aplicarlas no sean desconocidas,
ajenas y distantes a los miembros de la institución.
En la LOPNNA no se consagran las
figuras de Normas o Manuales de Convivencia, se habla de Reglamento
Disciplinario, el cual es explicado en su artículo 57. Lo importante es comprender
que este instrumento legal, debe existir en cada centro educativo, debe estar
acorde con los Derechos y Deberes consagrados en la LOPNNA, se debe actualizar
anualmente, debe pasar por un proceso de revisión, por las autoridades con la
potestad y conocimiento para hacerlo. Estas normas deben ser claras y
ampliamente difundidas; su fin no es eliminar los conflictos, sino acabar las
injusticias y arbitrariedades, que se generan en los espacios educativos, para
intentar controlar la Disciplina Escolar.
"Hemos
aprendido a volar como los pájaros, a nadar como los peces; pero no hemos
aprendido el sencillo arte de vivir como hermanos."
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